miércoles, 23 de julio de 2014

00.40 EL REQUISITO ESENCIAL









EL REQUISITO ESENCIAL


Las cosas kafkianas de la administración del gobierno español, no tienen limites de irracionalidad y persecución legalista a los españoles que volvemos a España.
Mi esposa, aunque nacida en Austria, es de nacionalidad venezolana. Hace unos 13 años volvimos a España, después de pasar más de 45 años en Venezuela y, en ese momento, no tuvimos ningún problema para que le dieran a mi esposa residencia en el país. Sin embargo, tuvimos que regresar en el año 2007 a Venezuela, pues el gobierno de Chávez había cerrado la salida de divisas y la jubilación de la universidad, donde había enseñado por largos años, no la podía recibir aquí. Cuando se hizo inaguantable el residir en Venezuela, dada la situación de caos en que los comunistas sumieron al país, en noviembre de 2013, regresamos a España con dos de mis hijos españoles, el otro estaba aquí, y cuando pedimos de nuevo la residencia para mi esposa le fue negada, y ha sido imposible, en estos 7 meses, conseguirla, ya que, según la normativa del gobierno de España, (real decreto 240/2007) falta el “REQUISITO ESENCIAL” QUE ES TENER UNA ENTRADA DE DINERO MAYOR A 8708.42 EUROS ANUALES. Dado que recibo una pensión de la seguridad social española de 391.08 euros al mes, según la diputación de Pontevedra, no tengo la cantidad suficiente para que mi esposa viva conmigo en España y por tres veces me fue negada la solicitud.
Ahora bien, resulta que la pensión que me corresponde es de 780.90 euros mensuales; pero como recibo en Venezuela una pensión equivalente a 389,82 euros me descuenta dicha cantidad, y aquí, la seguridad social española, me paga los 391.08 antes señalados. Hasta aquí estamos dentro lo “aparentemente justo”, pero la subdelegación de Pontevedra, que es, supongo, el gobierno, se niega a admitir la pensión de Venezuela como algo real y tangible, por lo que sólo admite la que recibo aquí en España. Luego, por una parte la seguridad social no me paga la pensión completa que me corresponde (780.90 euros) pues tengo la de Venezuela. la cual no recibo en euros; y la subdelegación de Pontevedra no la acepta, para que mi esposa viva conmigo en España, pero dicha cantidad que sí la reconoce la seguridad social, cambiándola, arbitrariamente en euros aunque no me los dan en Venezuela. Osea, para quitarme mi derecho a recibir la totalidad de la pensión española, sí es válida la de Venezuela en bolívares, pero para darle la residencia a mi esposa no lo es. Gran demostración jurídica de la aplicación del derecho, donde el estado establece la norma a seguir de acuerdo a su conveniencia y limita el estado de justicia y derecho, pues la “CONDICIÓN ESENCIAL”(1) EL DINERO, no se cumple. Debo señalar que mis hijos pagan todos los gastos de nuestra estadía aquí, salvo el alquiler del piso y el agua, pero esto tampoco lo toma en cuenta la administración. Llevo casado con mi esposa 41 años, tenemos tres hijos mayores que son españoles. Por mi parte soy español de largas generaciones. Pero mi derecho a vivir con mi esposa está limitado por lo ESENCIAL: EL DINERO y la interpretación, sabia e imparcial, de los burócratas de turno.
En Venezuela tengo mi jubilación como profesor universitario y mi pensión de la seguridad social; ninguna de las cuales recibo en España dada la condición de control de cambios existente en el país sudamericano y tal estado no cuenta en la mente de los burócratas. Así mismo las condiciones de cultura, estudios y títulos universitarios mios y de mi esposa tampoco. Soy licenciado en filosofía por la Universidad Católica Andrés Bello de Caracas, también tengo maestrías en Lógica Simbólica, Filosofía y obtuve el DEA y el doctorado en Filosofía en la Universidad de París IV Sorbona. Mi esposa es licenciada en Letras y tiene un DEA (Diploma de estudios profundizados) en la Universidad de París III Nueva Sorbona; ambos hemos sido profesores universitarios. Escribo en cinco blogs titulados: Pateremon, donde está publicado este artículo; Pateremon 2, de poesía; Pateremon 3 de filosofía, Pateremon 4 sobre religión y Pateremon 5 sobre lógica simbólica. Pero no tenemos dinero; pues la justicia comunista nos impide vivir, como es nuestro derecho, después de largos años de trabajo dedicación y estudio. Mi esposa tiene 67 años y yo 73.
¡Lo que hace la justicia humana!
¿Qué voy a hacer? ! No lo sé ¡ Esperar y seguir viviendo de espaldas a esta realidad absurda donde nos toca vivir. Y esperar el “tiempo de gracia” que sólo viene de Dios.

(1) Frase enviada por la subdelegación de Pontevedra en la tercera negación de la residencia a mi esposa, firmada por el subdelegado de Pontevedra. Nº : S2014/36001/NREG : 2327/R G : 342229. Del 14/07/2014

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